Tienes la idea, los conos y varios papás preguntando cuándo empiezan. Esta guía ordena lo que toca hacer para abrir una escuela de fútbol en Colombia, desde la primera categoría hasta el primer mes en la cancha.
Es información general, no asesoría legal. Varios trámites cambian según el municipio: confirma cada paso con el ente deportivo de tu alcaldía (el instituto o la secretaría de deporte) antes de pagar o firmar algo.
1. Decide a quién le vas a enseñar
Empieza por el público, no por el escudo. ¿Niños desde qué edad? ¿Solo formación o también competencia? ¿Entre semana en la tarde o sábados en la mañana?
Con eso armas las categorías, casi siempre por año de nacimiento. Para eventos de niños, el Decreto 1085 de 2015 pide categorías con intervalos de edad no mayores de dos años y, en los más pequeños, participación de todos antes que eliminación. Sirve también para tus grupos de entrenamiento.
Pon un tope de niños por entrenador en cada categoría. Es más fácil abrir un grupo nuevo que recuperar a una familia que sintió a su hijo perdido en la cancha.
2. Consigue la cancha y el permiso por escrito
Puedes alquilar una cancha privada por horas, usar la de un colegio o pedir un escenario público, que administra el municipio (Ley 181 de 1995, art. 70). Para el público, pregunta en el ente deportivo cómo se pide y qué te exigen.
Deja por escrito el horario, el precio, qué pasa si llueve o te cancelan y dónde esperan los acudientes. Y ten claro lo básico para una emergencia: botiquín, agua y el centro de salud más cercano.
3. Los papeles: club deportivo, club promotor o empresa
La ley no tiene una figura llamada “escuela de fútbol”. Tiene estas:
- Club deportivo: organismo de derecho privado que fomenta un deporte en el municipio. Necesita al menos 10 deportistas inscritos (Decreto Ley 1228 de 1995, arts. 2 y 6).
- Club promotor: fomenta varios deportes, o uno que todavía no llega al mínimo de deportistas, y puede inscribir cualquier número plural de ellos (arts. 3 y 6).
- Empresa que organiza deporte: una empresa privada, por ejemplo una SAS, puede actuar como club por cada deporte sin cambiar su estructura, cumpliendo los mismos requisitos (art. 2, parágrafo).
Para entrar al Sistema Nacional del Deporte, el club necesita acta de constitución con el listado de deportistas y su aceptación expresa, reglamento de funcionamiento y reconocimiento deportivo, que otorga el alcalde a través del ente deportivo municipal (art. 6). Según el Ministerio del Deporte, el reconocimiento dura cinco años. Con él, el club puede afiliarse a la liga de fútbol de su departamento (art. 5).
¿Personería jurídica? Un club municipal solo está obligado a tenerla para recibir recursos públicos y en los demás casos que la ley diga (art. 24). No la da la Cámara de Comercio: el Decreto 427 de 1996 excluye de ese registro a las entidades del Sistema Nacional del Deporte. Pregunta en el ente deportivo quién la otorga en tu municipio. Si montas la escuela como negocio, a tu nombre o como SAS, ese negocio sí va a la Cámara de Comercio.
Algunas ciudades piden además un permiso para escuelas de formación. En Bogotá es el aval del IDRD (Resolución 639 de 2021): dura cinco años y pide, entre otros documentos, póliza de accidentes para todos los inscritos, curso de primer respondiente, certificado de inhabilidades y tarjeta de entrenador.
Y el RUT de la DIAN. Habla con un contador antes de cobrar la primera mensualidad: te dirá si debes facturar electrónicamente y qué régimen te toca. Una entidad sin ánimo de lucro no queda exenta de renta solo por serlo; debe pedir el Régimen Tributario Especial y cumplir sus requisitos (Estatuto Tributario, art. 19).
4. Tus entrenadores: tarjeta e inhabilidades
La Ley 2210 de 2022 exige estar inscrito en el Registro de entrenadores deportivos para ejercer, y su plazo de transición de tres años ya pasó. Con título en deporte, educación física o afines (universitario, tecnológico o técnico, también del SENA), te inscribes con él. Sin título, puedes pedir un registro provisional si eres mayor de 18 años, tienes al menos 12 meses de experiencia y apruebas una evaluación de idoneidad. Si tú entrenas, esto también es para ti.
La Ley 1918 de 2018 y el Decreto 753 de 2019 obligan a consultar el registro de inhabilidades por delitos sexuales contra menores antes de vincular a quien trate de forma directa y habitual con niños, y a repetir la consulta cada cuatro meses. El decreto nombra expresamente al personal de clubes deportivos. Se consulta en línea en la página de la Policía Nacional, y omitirla tiene multas de 50 a 500 salarios mínimos.
Además, escribe reglas cortas de cuidado y compártelas con entrenadores y familias: ningún adulto a solas con un niño fuera de la vista de otros, ningún mensaje privado a un menor sin que su acudiente lo sepa, y a quién se entrega cada niño al terminar. Si sospechas maltrato o abuso, llama a la Línea 141 del ICBF (gratis, 24 horas) o al 123.
5. El seguro
Hasta donde revisamos, ninguna norma nacional obliga a toda escuela de fútbol a tener una póliza para los niños. Pero hay ciudades que la piden (el aval del IDRD exige póliza de accidentes deportivos para todos los inscritos, vigente al menos un año) y canchas que también. Pregunta en tu ente deportivo.
Aunque no te la exijan, cotiza dos cosas: una póliza de accidentes para los deportistas y una de responsabilidad civil para la escuela. Y pide la EPS de cada niño en la inscripción: es lo primero que necesitas si alguien se lesiona.
6. Precio y mensualidad
No copies el precio de la escuela del barrio; haz tus cuentas. Suma lo que te cuesta un mes normal:
- La cancha: horas por semana por el valor de la hora.
- Los entrenadores.
- El seguro, repartido por meses.
- Balones, petos, conos y botiquín.
- Inscripciones a torneos o a la liga, y transporte si lo pagas tú.
- El contador y los trámites.
Divide el total por los niños que de verdad esperas tener, no por el cupo máximo, y deja margen para quien paga tarde o se retira. Ese es el piso de tu mensualidad.
Luego escribe las reglas antes del primer día: matrícula, uniforme, fecha de pago, vacaciones, entrenamientos cancelados, descuento por hermanos. Las familias aceptan casi cualquier regla clara; lo que molesta son las sorpresas.
7. Las inscripciones y la autorización de datos
La ficha de inscripción lleva datos de niños, así que te aplica la Ley 1581 de 2012. Lo esencial:
- Los datos de un menor se pueden tratar cuando responden a su interés superior, como enseñarle un deporte, con la autorización de su representante legal, que la da después de escuchar al niño según su madurez (Ley 1581, art. 7; Decreto 1377 de 2013, art. 12).
- La autorización es previa e informada, y la guardas de forma que puedas mostrarla después (art. 9).
- Al pedirla, di para qué vas a usar los datos, que responder sobre datos sensibles o sobre los niños es opcional, qué derechos tiene la familia y cómo contactarte (art. 12).
- Ten por escrito una política de tratamiento de datos (Decreto 1377, art. 13).
Pide solo lo que vas a usar: nombre, fecha de nacimiento, acudiente, teléfono, contacto de emergencia y EPS. La salud es un dato sensible: alergias o condiciones médicas van aparte y como pregunta opcional. Para las fotos en redes, pide otra autorización que la familia pueda negar sin que su hijo pierda el cupo.
8. El primer mes
Asistencia. Tómala desde el primer entrenamiento, en cuaderno, hoja de cálculo o celular. En pocas semanas te dice quién se está alejando y qué horarios funcionan.
Cobros. Una lista de quién pagó, una fecha fija de pago, recordatorios amables y siempre un comprobante.
Familias. Haz una reunión corta con los acudientes la primera semana: horarios, qué llevar (agua, canilleras), cómo avisar una ausencia, qué pasa si llueve y a quién llamar. Después, un solo canal de avisos; un grupo de WhatsApp funciona bien con reglas claras desde el principio.
Al cerrar el mes, siéntate media hora con tus entrenadores: quién no volvió, qué grupo está lleno, qué cobro sigue pendiente. Ajusta y sigue.
Cuando la escuela crece
Con un grupo, el cuaderno alcanza. Con varias categorías y varios entrenadores, la asistencia, las mensualidades y los avisos terminan en lugares distintos. Para ese momento hicimos Elevation Sport: asistencia desde el celular, mensualidades registradas, un formulario de inscripción que pide la autorización de datos al acudiente y avisos a las familias desde la ficha de cada niño. Puedes conocerla en elevationsport.com/es.
Fuentes
Consultadas el 20 de octubre de 2026. Las normas cambian: verifica la versión vigente y confirma con el ente deportivo de tu municipio.
- Decreto Ley 1228 de 1995, arts. 2, 3, 5, 6 y 24. Función Pública.
- Ley 181 de 1995, art. 70. Función Pública.
- Decreto 1085 de 2015, arts. 2.4.2.1 a 2.4.2.5. Normograma de la Cancillería.
- Reconocimiento deportivo, preguntas frecuentes. Ministerio del Deporte.
- Decreto 427 de 1996, art. 3. Función Pública.
- Reconocimiento deportivo a clubes deportivos y promotores. Alcaldía de Cali.
- Aval deportivo para escuelas de formación deportiva. IDRD, Bogotá.
- Ley 2210 de 2022, arts. 7, 8 y 12. Función Pública.
- Decreto 753 de 2019, que reglamenta la Ley 1918 de 2018. Colombia Compra Eficiente.
- Consulta de inhabilidades, Ley 1918. Policía Nacional.
- Línea 141. ICBF.
- Ley 1581 de 2012, arts. 5, 7, 9 y 12. Normograma de MinTIC.
- Decreto 1377 de 2013, arts. 12 y 13. Normograma de MinTIC.
- Oficio DIAN 23249 de 2017, sobre clubes deportivos y el Régimen Tributario Especial. DIAN.